Exige la devolución del IRPF de tu prestación por maternidad/paternidad

Publicado: 9 de Octubre de 2018

El Tribunal de Justicia de Madrid ha establecido, que las prestaciones por maternidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social están exentas del IRPF: ha sido al anular la paralela que le había hecho Hacienda a una contribuyente por no declarar la prestación por maternidad que percibió en 2013. Ahora Hacienda le tendrá que devolver lo que pagó al recibir la paralela más los intereses correspondientes.

Para el tribunal de Madrid, el INSS es una entidad gestora de la Seguridad Social, que tiene encomendada la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, y por tanto la prestación por maternidad percibida del INSS no debe tributar, al estar incluida dentro de las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad que el tercer párrafo del art. 7 de la Ley de IRPF establece como exentas de tributación.

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¿Has tenido un hijo a partir de 2014 y percibiste la prestación por maternidad? Ahora puedes reclamarlo y que te devuelvan el IRPF: en Asesoría Cano podemos ayudarte. Te gestionamos un fácil procedimiento para hacer valer tus derechos frente a Hacienda.

Quienes percibieron su prestación de maternidad a partir de 2013 pueden reclamar la devolución del IRPF de esa prestación, amparándose en las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que considera que esta prestación está exenta de tributación.

En Asesoría Cano podemos ayudarte: nuestros clientes ya están participando en nuestra campaña por la devolución del IRPF de la prestación.

Pese a que Hacienda no está de acuerdo, los tribunales parecen tenerlo claro: ya son varios los casos de contribuyentes que han reclamado contra la Agencia Tributaria y a los que el Tribunal Superior de Justicia les ha dado la razón, obligando a que se modifique su autoliquidación y se les devuelva el dinero correspondiente al IRPF de su prestación.

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En el último caso, en una reciente resolución, una de nuestras socias ha recibido 1.844 euros por este motivo. Las cuantías que se pueden reclamar son variables, en función de lo percibido.

No te conformes

Atento: si percibiste la prestación en 2014, éste es el último año en que podrás reclamarla, pues después prescribirá. Si quieres recuperar tu dinero, debes hacerlo cuanto antes.

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