Ayudas Autónomos / empresas / familias Covid 19 (Coronavirus)
Publicado: 11 de Abril de 2020
Contenidos
- Fraccionamiento y aplazamiento de Impuestos por Coronavirus para autónomos/empresas
- Moratoria de la Cuota de Autónomos por Coronavirus
- Aplazamiento en el reembolso de la Secretaría General de Industria
- Ayuda por cese de actividad por Coronavirus
- ¿Como solicitar las ayudas por desempleo como autónomo por el COVID-19?
- Ayudas para autónomos en el sector turístico por el Coronavirus.
- Aval de 100.000 millones para préstamos
- Avales del 80% para las autónomos por Coronavirus
- Moratorias en los pagos de locales comerciales
- Ayuda de hasta 2.000 euros a los autónomos en Cataluña
- Condiciones para solicitar esta ayuda en Cataluña
- Ayudas para autónomos en Galicia por Coronavirus
- Ayudas para autónomos en Madrid por Coronavirus
- Ayudas al pago de las cuotas de marzo y abril (Sin confirmar)
- Ayudas a autónomos en Asturias por Coronavirus
- Ayudas para autónomos en la Comunidad Valenciana por COVID-19
- Ayudas para autónomos de las Comunidades Autónomas por Coronavirus
- Bono social eléctrico para autónomos por la crisis del COVID-19
- Ayudas privadas por Coronavirus a autónomos
- Otras ayudas
La aprobación del Real Decreto – Ley 7/2020, puede posponer hasta los 6 meses a la hora de realizar el pago de impuestos tanto el IVA (Modelo 303) como el IRPF (tanto en estimación directa con el Modelo 130 como en estimación objetiva con el Modelo 131).
Será posible fraccionar cualquier impuesto sin intereses hasta el 3 meses, como máximo 6 meses de los cuales, los 3 meses siguientes serán al 3.5% de interés anual aplicable.
Debemos tener en cuenta que es una moratoria y no una exención con lo que tarde o temprano tendremos que pagarlos. Tienes más datos en la página de la Agencia Tributaria de como proceder con este trámite.
El aplazamiento de esta cuotas para los autónomos por el Coronavirus está sujeto a los siguientes puntos:
- La fecha de aplicación de esta medida va desde la aprobación del decreto hasta el 20 de mayo de 2020.
- Solo se podrán aplazar los pagos como máximo 6 meses.
- Durante los 3 primeros meses de demora no habrá intereses de ningún tipo.
- El máximo permitido en esta deuda con el Estado es de 30.000 euros.
- Solo se podrán acoger las empresas con volumen de facturación no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Esta medida ha sido muy demandada por todo el colectivo empresarial y, al fin a día 31 de marzo, se ha decretado una moratoria sin intereses para todo el colectivo.
Podrán solicitarla hasta el 30 de junio de 2020 cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril, mayo y junio de 2020 en la página web de la Seguridad Social.
Solo será aplicada a todos los autónomos que no se hayan acogido a la ayuda por cese de actividad, ya que en esta se contempla que los pagos a la Seguridad Social están suspendidos.
Las solicitudes de moratoria deberán comunicarse a la TGSS dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso.
Además se podrá solicitar una moratoria sin intereses en el pago de la cuota del mes de Marzo o de los días trabajados. Se devolvería de oficio la cotización desde el 14 de marzo, día en el que se decretó el Estado de Alarma. El pago puede solicitarse mediante "Ingresos Indebidos" en la página web de la Seguridad Social.
Aplazamiento en el reembolso de la Secretaría General de Industria
Esta medida, al igual que para las empresas, es aplicable a todos los autónomos que tengan deudas con Secretaría General de Industria. Para poder optar a ella es necesario que cumplamos con estos tres puntos:
- El plazo de la devolución del préstamo es inferior a los 6 meses desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2020.
- Que esté justificado que el Coronavirus está teniendo un impacto en la actividad normal del autónomo.
- La moratoria es una adaptación del tiempo en el pago, con lo que deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.
Esta medida ha sido aprobada con el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo y será aplicable a todos los autónomos que tengan pérdidas severas por el Coronavirus (también los societarios y los empleadores están incluidos).
Decreta que por el cese de actividad quedarán exonerados de pagar sus cuotas a la Seguridad Social durante un mes prorrogable hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma.
También decreta una ayuda para estos autónomos, que se calculará con el 70 % de la base reguladora o con el 70 % de la base mínima de cotización cuando no se disponga del tiempo mínimo cotizado para optar a ella.
Los beneficiarios serán los afectados cuya actividad sea suspenda debido al anuncio del estado de alarma o cuya facturación se haya reducido al menos en un 75% en relación con la facturación promedio del período anterior de seis meses.
También se solicita, aunque sin noticias en firme, una bonificación del 100% en contribuciones a la SS para autónomos que dejan de trabajar para cuidar a sus hijos y/o personas dependientes o que están infectados con COVID-19 o en cuarentena.
Esta es una de las partes más importantes para los autónomos y sobre la que estaremos a la espera de más noticias.
¿Como solicitar las ayudas por desempleo como autónomo por el COVID-19?
Los autónomos que se pueden acoger a esta medida son aquellos que han cesado su actividad por prohibición del gobierno de la apertura de sus negocios (bares, salas recreativas, peluquerías,…) o que hayan reducido drásticamente (más del 75% de pérdida de salario) sus beneficios.
Se pueden acoger a esta medida sin necesidad de la baja de autonomos y sin la necesidad de utilizar el paro para autónomos.
Para calcular si te puedes acoger se hará una media entre los meses de octubre del 2019 y marzo del 2020 y se comparará con el mes de marzo.
Un requisito indispensable para acceder a esta prestación es estar al corriente de los pagos de la Seguridad Social y tienes 30 días para regularizar esta situación.
Como hemos dicho la duración es de un mes o hasta el último día de este estado de alarma.
Para iniciar el trámite el autónomo debe acudir a la Mutua donde tiene el trabajador por cuenta ajena cubierta la contingencia por cese de la actividad o por el SEPE. El trámite se debe organizar frente al organismo competente de pagar esta prestación.
En este supuesto se suele pedir la fotocopia del DNI, el modelo 145 y estar al pago de las cuotas de la Seguridad Social.
El estado ha decretado ayudas mediante los créditos ICO, tanto para empresas como para autónomos, en los que su actividad esté encuadrada dentro del sector turístico.
De esta forma cualquier autónomo que su actividad tenga relación con el turismo, la hostelería o el transporte podrá optar a esta ayuda.
Esta se ha concretado como una ampliación de la ayuda ya existente de 200 millones de euros que se había decretado con la quiebra de la aerolínea Tomas Cook, a la cual se le han sumado 200 millones más para hacer un total de 400 millones disponibles para los autónomos bajo las siguientes condiciones:
- Los destinatarios no podrán estar en ningún registro de morosidad ni insolvencia.
- No podrá usar este crédito para refinanciar otros pasados o futuros.
- El importe máximo por autónomo y año es de 500.000 euros.
- La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo con las entidades acreditadas (BBVA, Santader y Cajamar).
- Plazo de amortización de 4 años con un máximo de 1 año de carencia.
- Tasa de Interés Fijo hasta un máximo del 1,5% (incluidas comisiones).
Con los créditos ICO que se ponen a disposición de los autónomos se quiere ayudar a que estos cuenten con más liquidez, para poder paliar la falta de trabajo en estos momentos de crisis o cumplir con sus obligaciones económicas.
Aval de 100.000 millones para préstamos
Este tipo de ayuda se gestiona por medio de las entidades privadas de la banca donde el Estado actúa de avalista para solicitar esos créditos. De esta forma se prevé movilizar entre 100.000 y 200.000 millones de euros.
A pesar de ser gestionados a través de los créditos ICO, estos son diferentes de los que se han aprobado inicialmente para el sector del turismo. Son dos líneas diferentes y presumiblemente con diferentes condiciones.
A este tipo de créditos avalados por el Estado se podrán acoger todo tipo de empresas, PYMES y autónomos para intentar paliar los problemas que esté causando el Coronavirus en su actividad.
El 24 de Marzo el Gobierno ha dado más datos sobre estas medidas que se decretaron, concretándose los siguientes puntos a tener en cuenta:
- Será un primer paquete de 20.000 millones de euros ampliables según se consuman.
- Todas las ayudas tendrán efectos retroactivos en préstamos firmados desde el 18 de marzo.
- Avalará hasta el 80% de los préstamos que soliciten los autónomos a los bancos.
- Los créditos serán para mantener la liquidez y afrontar los gastos ocasionados por la crisis.
- La mitad de lo ofertado tiene que destinarse para empresas con menos de 250 trabajadores y autónomos.
- La garantía será de hasta el 70% en las grandes empresas.
- Y si son para renovar préstamos que vencen en los próximos meses, la medida solo contempla el 60%
- No se pueden cancelar créditos anteriores a la crisis por parte de los bancos que se quieran acoger a esta medida.
- El plazo máximo del aval del préstamo son 5 años por lo que los préstamos no excederán ese tiempo.
- Podrán solicitar este aval hasta el 30 de septiembre de 2020..
Moratorias en los pagos de locales comerciales
Una medida que se ha aprobado es la moratoria de hasta el último día del mes en el que termine el Estado de Alarma en los pagos hipotecarios de locales comerciales que se hayan adquirido para realizar la actividad en ellos. No se pagarán ni devengarán intereses.
También se consideran prorrogados todos los contratos de alquiler que finalicen dentro del Estado de Alarma.
Por otra parte se concederán microcréditos para el alquiler de vivienda a los que podrán optar los autónomos que hayan visto reducidas sus ganancias o han cesado su actividad. Estos créditos tienen un interés cero y podrán devolverse en un plazo de 6 a 10 años
Ayuda de hasta 2.000 euros a los autónomos en Cataluña
El Gobierno de la Generalitat a través del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias ha puesto en marcha un ayuda de hasta 2.000 euros para los autónomos, que acrediten una reducción drástica e involuntaria de su facturación como consecuencia de los efectos del coronavirus , y siempre que figuren de alta en actividades de las que las autoridades sanitarias han decretado el cierre y no dispongan de otras fuentes alternativas de ingresos.
Esta ayuda cuenta con un presupuesto de 7,5 millones de euros y prevé beneficiar a unas 4.500 personas.
El Departamento otorgará esta ayuda por el procedimiento de concurrencia competitiva hasta el agotamiento de la partida presupuestaria que se destine, y será incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad.
Condiciones para solicitar esta ayuda en Cataluña
- La base imponible de la última declaración de la renta de las personas físicas disponible tiene que ser igual o inferior a 25.000 euros.
- Estar al tanto de los pagos con el Estado y la Generalitat y las Seguridad Social, o en su defecto acogida a las moratorias legales.
- Para acceder a esta ayuda los autónomos deberán estar dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA)
- Con domicilio fiscal en Cataluña.
La solicitud de esta ayuda varía según el modelo de tributación.
- Que tributan por el sistema de estimación objetiva.
El importe de la ayuda se calcula en base al rendimiento neto anual por el módulo correspondiente a su actividad consignado al Modelo 131.
El importe de la ayuda será igual a la parte proporcional de los días del mes de marzo de 2020 que el trabajador autónomo ha cerrado el negocio y/o ha reducido drásticamente su actividad económica.
- Que tributan por el sistema de estimación directa.
Existen diferencias entre los autónomos que se dieron de alta como autónomo antes del 1 de marzo de 2019 de las personas trabajadoras autónomas que se dieron de alta al RETA a partir del 1 de marzo de 2019.
Alta en RETA antes del 1 de marzo de 2019
Se basan en el resultado del mes de marzo de 2020 y el resultado del mes de marzo de 2019. Hay que calcular la variación entre estos dos meses.
Alta en RETA a partir del 1 de marzo de 2019
Los conceptos que determinan el importe de la ayuda se basan en el resultado del mes de marzo de 2020 y la media de los resultados obtenidos desde la fecha de alta al RETA hasta el mes de febrero 2020.
El resultado económico del mes de marzo de 2020 tiene que ser inferior a 950 euros, y también tiene que haber experimentado una reducción igual o superior al 35% respecto al resultado del mes de marzo de 2019, o bien respecto a la media de los resultados de los meses anteriores.
Para solicitar la ayuda accede aquí y sigue todos los trámites.
Ten en cuenta que esta ayuda es totalmente incompatible con cualquier otra ayuda, bien sea pública o privada destinada al mismo cometido.
La Xunta de Galicia ha decidido cancelar la amortización y los intereses de los préstamos de las empresas gallegas con el Igape o XesGalicia
Esto son unos 265 millones de euros, cuyos pagos mensuales se pueden regular a partir de julio, aunque este plazo se puede extender en caso de emergencia.
Además, el Ministerio de Economía tiene la intención de emitir 250 millones de préstamos para autónomos y pequeñas empresas, donde la Xunta avalará el 75% del préstamo, y el monto puede ser igual a los gastos que se generaron en las operaciones durante el primer trimestre de 2020. Se puede solicitar a las instituciones financieras y el plazo de reembolso es de tres años.
Ayudas directas de hasta 3.200 euros para trabajadores por cuenta propia y sin empleados en la Comunidad de Madrid mediante el Programa Impulsa
Los beneficiarios serán autónomos que demuestren una disminución en la actividad económica como resultado de la alerta por el Coronavirus y que sigan dados de alta durante los próximos 12 meses.
Se prevé un presupuesto de 5 millones de euros para esta medida.
Será aprobado por el gobierno regional en el Consejo de Gobierno.
Estas solicitudes se tramitarán a través del sitio web de la Comunidad Autónoma de Madrid. En el futuro, también habrá programas para autónomos que tienen empleados.
Programa Impulsa: Es un tipo de ayuda que ofrece las comunidad de Madrid a todos lo autónomos que cumplen con unas determinadas condiciones y está enfocado a cubrir durante 12 meses el coste íntegro de las cuotas de cotización en el RETA (equivalente a la de un trabajador que cotice por la base mínima)
Los requisitos para optar a esta ayuda son los de estar los doce meses siguientes a la presentación de la solicitud de alta en RETA y estar al corriente de todos los pagos de tributos.
El importe de la subvención se abonará mediante la modalidad de pago único y de forma anticipada.
Ayudas al pago de las cuotas de marzo y abril (Sin confirmar)
Desde el gobierno de la comunidad de Madrid han dicho que se harán cargo de las cuotas de autónomos de los meses de marzo y abril de más de 200.000 autónomos que se han visto afectados por la crisis del COVID-19.
Esta sería una medida de gran alivio a todos los que se encuentren en una situación crítica ya que no es una moratoria si no dejar de pagar unas cuantías que para muchos autónomos puede suponer una gran diferencia entre seguir adelante con su negocio o no.
El principado de Asturias moviliza 32 millones de euros para ayudar a las empresas y los trabajadores por cuenta propia y lanza un paquete de diez medidas económicas para «completar» las medidas dictadas por el gobierno central
En cuanto a los autónomos que hayan llevado a cabo actividades no permitidas por el Estado de Emergencia pueden beneficiarse de un subsidio de hasta 400 € por mes para cubrir costos fijos como el alquiler, los pagos de la hipoteca o el alquiler del equipo.
Además del aplazamiento de las obligaciones fiscales regionales de los autónomos, las PYMEs y las microempresas a las que afecta el COVID-19 durante 6 meses sin intereses.
Ayudas para autónomos en la Comunidad Valenciana por COVID-19
El pleno del Consell ha aprobado un decreto de ayudas directas a los autónomos, de 750 euros en el caso de los que han visto reducida su actividad por la crisis del coronavirus, y de 1.500 euros por el lucro cesante de quienes han tenido que cerrar.
Además el IVF ofrecerá una línea de financiación para autónomos y empresas de hasta hasta 750.000 euros con una carencia de dos años y hasta diez años de vida, sin comisión de apertura y avalada por la SGR.
Desde el gobierno se han decretado unos 3.800 millones como partida para las comunidades autónomas en materia de ayuda por el COVID-19. Con esta medida se pretende ayudar a la contención del virus por parte de estas comunidades.
Dentro de cada comunidad se han decretado diferentes ayudas que en muchos casos afectan tanto a empresas como autónomos. En Madrid, por ejemplo, se ha decretado bonificaciones del IBI y el IAE del 25% en los casos en los que afecte a negocios relacionados con el turismo.
Lo ideal en cada caso es que consultes si puedes optar a ayudas dentro de tu C.A.
Esta es una medida extraordinaria aprobada por el gobierno para todos aquellos autónomos que hayan cesado su actividad por la crisis o bien hayan visto reducida su facturación en un 75%.
Se debe aportar toda la información acreditada por la Agencia Tributaria a la eléctrica así como los datos personales y familiares de la vivienda.
El descuento rondará el 25% pero puede ser mayor si el autónomo cuenta con discapacitados en su familia, miembro dependiente o si es familia numerosa.
Documentación a aportar:
- Copia del DNI o NIE
- Certificado de empadronamiento
- El libro de familia
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria de cese
Si la empresa energética detecta algún problema en la solicitud dispone de 5 días para comunicárselo al afectado para que subsane el error o aporte la información necesaria.
Se empezará a contar este descuento en el ciclo donde haya sido aportada toda la documentación y la empresa la haya aceptada como valida.
En este BOE se encuentra el formulario de solicitud.
Los autónomos cuentan con ayudas públicas del Estado, pero también existen empresas privadas con ayudas disponibles para sus clientes. Grandes empresas, como las energéticas o de comunicaciones, han facilitado a sus clientes una serie de ayudas que citamos a continuación:
- CaixaBank: Lanza una línea de créditos de 25.000 millones para PYMES por el Coronavirus.
- BBVA: Otros 25.000 millones de euros en líneas de financiación para PYMES.
- Banco Santander: Lanza créditos preconcedidos por 20.000 millones para PYMES.
- Movistar: Ofrece 30GB adicionales por mes para clientes de línea en el paquete Fusion y clientes móviles como un medio para alentar el teletrabajo o trabajar con datos en áreas menos populares. También más contenido infantil y deportivo, como entretenimiento para menores, que deben quedarse en casa.
- Vodafone: Para clientes profesionales, autónomos y pequeñas y medianas empresas, datos gratuitos ilimitados hasta finales de marzo, así como más contenido para niños en sus paquetes de televisión.
- Pepephone: Ofrece 5GB adicionales a todos sus clientes mientras dure la crisis
- Orange: Ofrece 30GB gratis para clientes que tienen un teléfono fijo y móvil o solo un teléfono móvil durante un mes. También más contenido para niños en la televisión de forma gratuita. En el caso de las empresas, el paquete de gigas se amplía a 50.
- MásMóvil: Para clientes de televisión, tres meses gratis desde Sky TV, y para la marca Pepephone 5GB gratis en todas las líneas.
- O2: 60 GB de datos que se lanzarán en dos meses.
- Lowi: 10GB extra hasta el 30 de Abril
- Amena: Regala 10GB con avtivación automática.
- Iberdrola: Permite el fraccionamiento de las facturas hasta en 12 meses y sin coste para PYMES y hogares.
- Naturgy: Permite a las PYMES y los autónomos fraccionar el pago de las facturas de electricidad y gas.
- Endesa: Suspende los cortes de luz por impago durante el tiempo que dure la crisis.
- Renfe: Del 16 de marzo al 30 de abril, los recorridos se pueden cancelar de forma gratuita.
Otras ayudas
- Ydray: Servicio de envio de datos que pasa de 5Gb a 10Gb mientras dure la crisis.
- Cisco Webex: Herramienta de comunciación online que se ofrece gratuitamente con conexión con hasta 100 personas a la vez.
- ValidatedID: Ofrece firmas remotas gratis mientras dure la crisis por el COVID-19
- ABAEnglish: Cursos Premium para aprender inglés.
- SeedRocket: Ofrece webinars para aprender con referentes del sector empresarial.
- Audible: Audiolibros de Amazon con un mes gratis
- Cursos online gratis en Cousera, Edx, Udemy, Miriadax y Udacity
- Codecademy Pro: Ofrece 10.000 becas gratis
- Glovo: Envíos gratis en medicina
- Microsoft Teams: Gratis durante 6 meses
- Kaptivo: Regala una pizarra blanca por la compra de algunos de sus productos.
Estas son las ayudas para autónomos por Coronavirus de las que disponemos en este momento, tanto a nivel público como a nivel privado. Si necesitas realizar alguna consulta, déjanos tu comentario e intentaremos solventar las dudas lo antes posible.